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Extienden clausura de obras en Bahía de Matanchén por no contar con autorización de impacto ambiental

Comunicado

Domingo, 11 de Marzo del 2018. 2:31:29 pm

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aplicó la Clausura Total Temporal a dos predios e inmuebles ubicados en la localidad de Matanchén, municipio de San Blas, Nayarit, por no contar con autorización de impacto ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

> Las dos visitas de inspección practicadas por el personal de la PROFEPA en Nayarit, tuvieron por objeto verificar que las obras realizadas en dos predios cumplieran con la legislación federal en materia de impacto ambiental.

En la primer visita de inspección se observó la construcción de un muro de protección que colinda con la playa dentro de la duna costera, el cual cuenta con 42 metros de largo, 0.35 metros de ancho y 1.10 metros de altura aproximadamente.

El muro está cimentado con mamposteo de piedra y cemento, vertido de manera directa sobre la franja de Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT) que es un bien del dominio federal; los inspectores actuantes requirieron al visitado la autorización en materia de impacto ambiental que otorga la SEMARNAT, exhibiendo éste un oficio de fecha 12 de junio de 2017; sin embargo, de su análisis se desprende que la construcción del muro no se encuentra autorizada, por lo cual se ordenó como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de dicha obra.

En una segunda diligencia efectuada en el lote 31 del Boulevard Matanchén, se constató la construcción de una casa plurifamiliar o de veraneo, encontrándose obras civiles dentro de Terrenos Ganados al Mar, consistentes en alberca, cuarto de máquinas, barda perimetral, estudio, estancia y una terraza para bebidas, además de una casa-habitación de dos niveles ubicada en la parte colindante a los bienes nacionales.

Toda vez que dichas obras también se desarrollaron dentro de un ecosistema costero, los inspectores de la PROFEPA le requirieron al propietario la autorización federal en materia de impacto ambiental para dicha obra, en términos de los artículos 28, fracciones IX y X, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), y 5° incisos Q y R, fracción I, de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, manifestando el propietario carecer de dicho documento.

Con el fin de evitar un daño a los recursos naturales presentes en el ecosistema costero, se procedió a ordenar en ambos casos, como medida de seguridad, la Clausura Total Temporal de las obras con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la LGEEPA, colocándose los sellos respectivos; medida que se mantendrá hasta en tanto los propietarios de las obras inspeccionadas acrediten el cabal cumplimiento de la legislación federal en materia de impacto ambiental.

Adicional a las medidas de seguridad impuestas, la PROFEPA instauró procedimiento administrativo en cada caso, en los que se podría sancionar a los responsables de las obras con una multa de hasta 50 mil Unidades de Medida y Actualización; además, de estar obligado a la ejecución de las acciones para la reparación del daño, de acuerdo a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Con estas acciones, la PROFEPA mantiene su compromiso de salvaguardar los recursos naturales, verificando el cabal cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables para un desarrollo sustentable y ordenado en los ecosistemas costeros, evitando así un deterioro del medio ambiente y la pérdida de recursos naturales.

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Comentarios

SOL

2018-03-11 21:36:24

TAMBIEN YA ESTA PRIVATIZANDO LAS PLAYAS ESO ES DE LA NACION Y SON LIBRES DE VISITARLAS PERO NO DE ADUEÑARSE PINCHES POLITICOS VENDIDOS .

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