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Clausura PROFEPA maderería ilegal en Guadalajara

* El Establecimiento no cuenta con el Aviso de Funcionamiento que emite la SEMARNAT para la legal operación de los Centros No Integrados a un Proceso de Transformación Primaria.

Redacción/El Sol de Nayarit

Martes, 2 de Enero del 2018. 5:05:20 pm

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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera parcial temporal una maderería establecida en la colonia La Perla, en el municipio de Guadalajara, Jalisco, por no contar con la documentación oficial para su legal operación que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

En el marco del Programa Operativo Anual de la Procuraduría, inspectores adscritos a la Subdelegación de Recursos Naturales en la entidad acudieron al sitio con el objeto de realizar una visita de inspección en materia forestal.

Al arribar al establecimiento, se encontró en el patio un total de 70.79 metros cúbicos de madera aserrada de pino, cuya legal procedencia fue acreditada por el propietario con la documentación oficial correspondiente.

Cabe señalar que al finalizar la diligencia, el particular no presentó el Aviso de Funcionamiento que emite la SEMARNAT para la legal operación de los Centros No Integrados a un Proceso de Transformación Primaria. Incumpliendo con lo señalado en el artículo 163, fracción XII, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Por lo anterior, la PROFEPA impuso la Clausura Parcial Temporal como medida de seguridad del espacio en el cual se trabajan las materias primas forestales, toda vez que en el establecimiento comercializan además herrajes y barnices.

En una segunda actuación, personal de la PROFEPA en Puerto Vallarta realizó el aseguramiento precautorio de 2.6 toneladas de carbón vegetal que eran transportadas sin la documentación que acreditara su legal procedencia. Incumpliendo con lo señalado en el artículo 163, fracción XIII, de la LGDFS.

Dicha actuación se derivó de una puesta a disposición por parte de la Policía Federal, quienes detuvieron un vehículo tipo estacas, con placas del estado de Colima, el cual fue asegurado junto con el producto forestal.

El artículo 165, fracción II, de la LGDFS establece que los responsables pueden hacerse acreedores de multas que van desde los 100 hasta 20 mil Unidades de Medida y Actualización, por no contar con los avisos y la documentación que acredite la legal procedencia del carbón vegetal.

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