Redacción/El Sol de Nayarit
Un aparatoso accidente ocurrió esta tarde en el kilómetro 13 de la carretera federal 200, cuando una camioneta blanca de cabina realizó una maniobra imprudente al intentar rebasar, invadiendo el carril contrario.
La unidad impactó de frente a una camioneta Jeep que transportaba a una familia, resultando en cinco personas lesionadas, entre ellas dos menores de edad.
Según indican en el lugar, la imprudencia del conductor de la camioneta blanca provocó el choque, que dejó a los ocupantes de la Jeep con heridas que, afortunadamente, no revisten gravedad.
Autoridades de tránsito y servicios de emergencia acudieron al lugar para atender a los heridos y regularizar el tráfico en la zona.
Las familias afectadas fueron trasladadas a un centro médico para recibir atención, mientras las autoridades investigan el incidente para deslindar responsabilidades.
Comentarios
Fiscal
2025-08-26 02:25:47
Está muy claro la imprudencia con la que invadió el carril contrario
LA VERDAD
2025-08-26 14:18:51
AUNQUE EN UNO DE SUS COMENTARIO EL VAQUETON Y ALCAHUETE DEL asqueroso ladrador OPOSITOR Y TRAIDOR A LA PATRIA, CON SU VERBORREA MAREADORA DE MENTIRAS INTENTE DEFENDER AL DELINCUENTE EVASOR DE IMPUESTOS RICARDO SALINAS PLIEGO DUEÑO DE ELECTRA , ESTA ES LA VERDAD
Proceso 27 junio, 2025
Grisel Galeano García Procuradora Fiscal de la Federación
El modus operandi de este grupo empresarial, que debe pagar impuestos como lo hacemos todos y todas, es solicitarle a la autoridad que le revise muy bien si es verdad que tiene que pagar o no ciertas cuestiones?.
Luego, siguió: ?incumple durante ese proceso de revisión, interpone absolutamente todos los recursos judiciales necesarios, uno tras otro, ante todas las instancias posibles?.
La funcionaria añadió que cuando el grupo advierte que un juez ?está por no concederle la razón, aunque haya criterios que lo obliguen a definir el tema en favor del fisco federal, entonces lo recusa o lo declara impedido, alega intereses personales? de las autoridades.
Incluso, dijo que, aun cuando ya ha tenido sentencias firmes, ?que los jueces no están recusados, que pueden resolverse los asuntos objetivamente, interponen nuevos juicios y nuevos impedimentos y recursos para retrasar indefinidamente estas resoluciones?.