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La Ley General de Víctimas es un significativo avance: Raúl Mejía

René Órnelas/El Sol de Nayarit

Jueves, 26 de Abril del 2012. 7:50:30 pm

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El Senador de la República, Raúl Mejía, informó que la aprobación de la ley de protección a víctimas, constituye un avance significativo en materia de garantizar los derechos de los ciudadanos y en la debida protección de quienes son objetivo de la delincuencia.

Raúl Mejía reconoció que esta nueva ley aprobada por el Senado, contiene los reclamos de miles de personas a un derecho inalienable de justicia, y en ella se contemplan algunas figuras que garantizan a las víctimas del delito ell derecho a conocer la verdad histórica de los hechos; contiene señala además que las medidas de satisfacción comprenden, entre otras, la realización de actos que conmemoren el honor, la dignidad, el sufrimiento y la humanidad de las víctimas, tanto vivas como muertas.

Por primera vez, se establece el monto de la indemnización subsidiaria del Estado a las víctimas por 500 veces el salario mínimo mensual en el Distrito Federal.

Respecto al fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, se establece que los recursos serán administrados y operados por medio de un fideicomiso público sin estructura orgánica y no será entidad paraestatal, con ello, se pretende evitar la engorroso burocracia que en muchas ocasiones no solo no facilitan el desempeño sino que lo hace más complicado.


Además, el ejercicio de los recursos del fondo y su fiscalización se regirá por lo dispuesto en las leyes federal, de presupuesto y responsabilidad hacendaria y de fiscalización y rendición de cuentas de la Federación, o en su caso, por la legislación local equivalente en el caso de los fondos de las entidades federativas.

El senador Raúl Mejía precisó: “nos propusimos una ley que incluyera el derecho a conocer la verdad, acceder a la justicia, a ser reparados legalmente con medidas de restitución, de satisfacción, de rehabilitación, eventualmente de reparación económica, y que incorporara como principio sustantivo las garantías de no repetición”.

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