Redacción/El Sol de Nayarit
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Presidencia de la República dar a conocer los números de teléfonos celulares que contrató vinculados con los nombres de los servidores públicos a quienes les fueron asignados.
Así lo determinó el Pleno del IFAI al resolver un recurso de revisión interpuesto por un particular que solicitó el listado de las facturas de telefonía fija y celular pagadas en los últimos tres meses, es decir, al 26 de enero de 2012, desglosado por número telefónico, servidor público al que está asignado, empresa a la que se le paga el servicio, si es fijo o celular y monto desglosado de las últimas tres facturas.
En respuesta, el sujeto obligado, por conducto de la Dirección General de Tecnologías de la Información, señaló que el servicio de telefonía fija es proporcionado por Avantel y Axtel, y el de telefonía celular, por RadiomovilDipsa.
Asimismo, entregó el listado de las facturas pagadas en los últimos tres meses, los números telefónicos fijos asignados al conmutador de Presidencia e informó que las extensiones asignadas a cada servidor público se encuentran disponibles en el Portal de Obligaciones de Transparencia (POT).
Sin embargo, indicó que la relación de números telefónicos celulares vinculados con el nombre de los funcionarios a los que les fueron asignados se encuentra reservada por un periodo de un año, de conformidad con el artículo 13, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), ya que su difusión podría poner en riesgo la vida, la salud o la seguridad de los servidores públicos
El particular presentó un recurso de revisión, en el que manifestó que dichos datos constituyen información pública ya que las líneas de los teléfonos celulares son pagadas con recursos públicos. El asunto fue turnado a la ponencia de la comisionada presidenta, Jacqueline Peschard.
En alegatos, la Presidencia reiteró su respuesta inicial y agregó que la información también se encontraba reservada con fundamento en el artículo 13, fracción I de la LFTAIPG, en razón de que su difusión podría comprometer la seguridad nacional y/o la seguridad pública.
Durante la substanciación del recurso, la ponencia localizó en el POT de la dependencia el nombre de los servidores públicos que cuentan con el servicio de telefonía móvil, su cargo y la clave del puesto, con lo pudo advertir que éstos no desempeñan actividades directas en materia de seguridad nacional y/o seguridad pública.
Aunado a ello, señaló que toda aquella información de los funcionarios que se encuentra íntimamente relacionada con el desempeño de su encargo, así como aquella que le permita a las dependencias o entidades presentar una adecuada rendición de cuentas, es pública.
La comisionada advirtió también que el servicio de telefonía celular es parte de las prestaciones que corresponden al cargo del funcionario, por lo que el equipo y la renta de la línea son pagados con recursos del erario público.
Además, señaló que el número de teléfono celular es un dato público que no puede ser utilizado como un instrumento para emprender acciones criminales o ilícitas en contra de dichos servidores públicos, pues no permite conocer su domicilio o su ubicación en determinado momento.
Por lo tanto, la comisionada Peschard propuso revocar la respuesta de la Presidencia de la República e instruirle entregar los números de los teléfonos celulares vinculados con los servidores públicos que los tienen asignados.
La propuesta fue aprobada por el Pleno del IFAI.
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