
*Dicha clasificación está prevista en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental y no es permanente, sino temporal, señaló la primera sala.
Agencia/El Sol de Nayarit
La reserva de información del secreto fiscal de hasta doce años es constitucional, estableció la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual precisó que dicha clasificación prevista en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental no es permanente, sino temporal.
Al resolver negar un amparo presentado por un particular que solicitó,
a través del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), al
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) información sobre un
convenio de subrogación de servicios médicos a la Asociación de Bancos
de México, los ministros consideraron que es válido lo previsto en los
artículos 14, fracción II y 15 de la referida Ley, que establecen la
reserva temporal para la información clasificada como secreto fiscal,
toda vez que, transcurrido dicho plazo se desclasificará la
información protegida bajo este secreto.
En este asunto, el IFAI inicialmente entregó al quejoso la versión
pública del citado convenio; sin embargo, se reservó información de
algunas cláusulas, lo que fue impugnado por el solicitando, quien
interpuso un recurso de revisión ante el propio organismo, el cual
confirmó su decisión.
El inconforme presentó un amparo en contra de la resolución con el
argumento de que el secreto fiscal no está sujeto a un período
determinado y que su reserva es permanente.
Los ministros concluyeron que la regla de hasta doce años de reserva
para que proceda la desclasificación de la información no implica,
como equivocadamente lo hace valer el quejoso, que una vez que se
cumpla ese plazo se renueve automáticamente dicha clasificación en
razón de las causas que originaron dicha clasificación.
Lo anterior, porque de ser así, se prolongaría indefinidamente su
carácter de información reservada petrificándose y siendo inaccesible
para los gobernados, lo cual sería ilegal.
Respecto a la información confidencial, la Corte resolvió que su
accesibilidad se regirá por las reglas existentes para ese tipo de
información.
Comentarios
Invitado
2013-01-09 21:15:09
NO ES EXTRAÑO QUE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ACTUE EN COMPLICIDAD CON LOS CORRUPTOS, EL ORIGEN MISMO DE LOS MINISTROS ES CORRUPTO PORQUE EL JUDICIAL ES EL UNICO PODER QUE NO ES ELEGIDO POR EL PUEBLO.