
Redacción/El Sol de Nayarit
El diputado José Francisco Coronato Rodríguez, impulsa una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para que los pequeños propietarios de tierras ejidales puedan poseer o portar un arma revólver calibre no superior al .38 especial, fuera de las zonas urbanas.
Refirió que el derecho de posesión y portación de armas, conforme lo establece actualmente la citada Ley, está limitado y condicionado a los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, dejando fuera a los pequeños propietarios que por años han tenido que padecer los embates de la delincuencia, sin ninguna posibilidad de protección.
Actualmente el artículo 9 establece que los ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, pueden poseer o portar fuera de las zonas urbanas, un arma de revólver en calibre no superior al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
Coronato Rodríguez, integrante de la Comisión de Seguridad Pública, aclaró que con esta propuesta no pretendemos suplantar la función del Estado para castigar al individuo o grupo de individuos que alteren el orden social establecido legalmente.
Enfatizó que el derecho de los pequeños propietarios para portar armas de fuego responde principalmente a una necesidad de los habitantes de cuidar y proteger su propia vida y la de sus familiares, así como sus casas y patrimonio.
La iniciativa, remitida a la Comisión de Defensa Nacional, señala que según el estudio Radiografía del Delito y la Delincuencia en México, elaborado en 2011, en los últimos 30 años el país es 240 veces más peligroso. El robo a transeúnte y a pequeños negocios, el secuestro y los homicidios dolosos, son los delitos más comunes.
El diputado subrayó que en ese mismo año se incrementó el número de delitos denunciados de 900 mil en 1990 a un millón 838 mil 109, de acuerdo con el Consejo Ciudadano para la Seguridad Pública y la Justicia Penal, lo que representa un crecimiento mayor de 240 por ciento.
Se propuso reformar el artículo 9 de dicha ley para que los pequeños propietarios, fuera de las zonas urbanas, puedan poseer o portar un arma revólver en calibre no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum; o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 o 18. 5 mm.).
Comentarios
Invitado
2013-05-20 20:02:27
UY YA LA FERIE POR UNA DESPENSA WEY Y ERA 341
Invitado
2013-05-20 20:03:26
no tienen pa trgar menos pa comprar armas no creen??
Invitado
2013-05-20 20:04:09
DONDE ESTA LA VIEJA LOCA DE AGUEDA TORITOOO
Invitado
2013-05-20 20:07:27
¿ Y ESTE PUERCO DIGO DIPUTADO SE LAS VA A REGALAR A LOS JORNALEROS?PORQUE CON EL SALARIO MINIMO EN NAYARIT NO LES AJUSTA PARA TRAGAR,PARA EMBORRACHARSE CADA SEMANA Y COMPRAR SU MOTA TODOS LOS DIAS,MENOS PARA COMPRAR UNA PISTOLA...
Invitado
2013-05-20 20:52:51
AY GENTE EN LOS RANCHOS CON MAS DINERO QUE TU ID
Invitado
2013-05-20 20:55:13
POR SI NO SABIAN EN LOS RANCHOS CASI TODA S LAS PERSONAS TIENEN ARMAS NO NESESITAN COMPRARLAS SOLO NECESITAN EL PERMISO DE PORTACION
Invitado
2013-05-20 21:21:30
CREO QUE ALGUNOS FORISTAS DESCONOCEN QUE EL 99%DE LOS EJIDATARIOS Y JORNALEROS TIENEN UN ARMA,Y POR DESCONOCIMIENTO Y TENER UN ARMA MAYOR A UNA CALIBRE 38 QUE YA SON DE USO DEL EJERCITO Y FUERZAS ARMADAS, NO SE ACATAN AL ARTICULO 9 DE LA LEY DE ARMAS .
ESTO REGULARIZARÍA A LOS QUE TIENEN TIERRAS EN EJIDOS Y NO SON EJIDATARIO, SON DE PEQUEÑA PROPIEDAD.OJALA
Invitado
2013-05-20 21:26:43
EXELENTISIMA PROPUESTA EL EJEMPLO ES EL AGRICULTOR SECUESTRADO UBIERA ANDADO ARMADO OTRO GALLO CANTARA LA VERDAD MUY BUENA PROPUESTA QUE SE APRUEBE DOY MI VOTO AL 100
Invitado
2013-05-20 21:28:33
ESTOY CON USTED DIPUDATO José Francisco Coronato Rodríguez LO APOYO MUY BIEN POR SU PROPUESTA YA QUE SOY PROPIETARIO DE UN PEQUEÑO TERRENITO QUE COMPRE CON MIS AHORROS DE AÑOS DE SACRIFICIO Y PUES VOY A CUIDARLO Y SI ME HAN ASALTADO Y SI SE APRUEBA ESA REFORMA ME PODRE DEFENDER DE CUALQUIERA QUE ME QUIERA ASALTAR
Invitado
2013-05-20 21:39:01
APRUEBENLA PARA QUE PARE LA ROBADERA
Invitado
2013-05-20 21:52:18
Siempre ha habido este permiso, solo que no hay informacion para que los ejidatarios porten armas en sus tierras. La Policia luego luego las quita, aunque haya permiso escrito, de cualquier manera pisan la penal y despues de averiguar los sueltan.
Invitado
2013-05-20 21:54:47
Una cosa son los ejidatarios y otra los "pequeños Propiestarios". los primeros tienen pocas hectareas y los pequeños propietarios son los que tienen desde 1 hasta 700 hectareas o mas. En ese segmento se encuentran Menchaca, Ingenio de Puga, etc.
Invitado
2013-05-20 21:55:35
Pero el arma no se sabe donde queda
Invitado
2013-05-21 01:07:43
ESTO APLICA PARA CUALQUIER CIUDADANO AUNQUE NO SEA EJIDATARIO NI PEQUEÑO PROPIETARIO, PERO SOLO PARA TENERLAS EN SU DOMICILIO Y SOLO LAS DEL CALIBRE Q PERMITA LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO...☻
CONSTI TUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTICULO 10. LOS HABITANTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TIENEN DERECHO A POSEER ARMAS EN SU DOMICILIO, PARA SU SEGURIDAD Y LEGITIMA DEFENSA, CON EXCEPCION DE LAS PROHIBIDAS POR LA LEY FEDERAL Y DE LAS RESERVADAS PARA EL USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA, FUERZA AEREA Y GUARDIA NACIONAL.
LA LEY FEDERAL DETERMINARA LOS CASOS, CONDICIONES, REQUISITOS Y LUGARES EN QUE SE PODRA AUTORIZAR A LOS HABITANTES LA PORTACION DE ARMAS.
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 9. Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta Ley, armas de las características siguientes:
Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando exceptuadas las pistolas calibres .38 Super y .38 Comando, y también en calibres 9 mm. las Mausser, Luger, Parabellum y Comando, así como los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de otras marcas.
Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum.
Los ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
Invitado
2013-05-21 10:30:04
Yo pregunto de que sirve que este establecido en la Carta Magna, si al ejercito y las policias se limpian el cicirisco con ella, ven un pobre campesino con un rifle 22 y lo acusan de portacion ilegal de armas de uso exclusivo del ejercito, en otras palabras violan lo mandatado en la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, asi es de que sirve un decreto en este sentido ahorrense el trabajo.
Invitado
2013-05-21 12:25:44
NO SE LES ENTIENDE POR UN LADO NO QUIEREN QUE TENGA UNO ARMA EN SU CASA , HASTAS LAS CAMBIAN EN CAMPAÑAS POR CACEROLES O $$$$$ ETC. Y AHORA SALEN CON ESTA M AMA DA.
Invitado
2013-05-21 12:26:46
QUE ACASO NOMAS EN EL CAMPO PELIGRA LA GENTE , Y QUE EN LA CIUDAD NO , TAN BIEN P EN DE JOS.
Invitado
2013-05-21 17:28:00
PERO QUE SE PUEDE HACER CON UN REVOLVER CALIBRE 38.......POR DIOS SI LOS DELINCUENTES PORTAN ARMAS DE MUY GRUESO CALIBRE DE 9MM PARA ARRIVA, CUERNOS DE CHIVO Y DEMAS, YO CREO QUE AL SACAR LA PISTOLITA LOS DELINCUENTES HASTA SE BURLARIAN DE UNO Y CON MAS GANAS ACTUARIAN, ESTO ES DE DAR RISA,QUE LE OTORGUEN POR LO MENOS EL PERMISO PARA PORTAR UN CUERNO DE CHIVO DENTRO DE LA PARCELA, AHI SI ESTOY DE ACUERDO.
Invitado
2013-05-21 17:31:54
PERO QUE SE PUEDE HACER CON UN REVOLVER CALIBRE 38.......POR DIOS SI LOS DELINCUENTES PORTAN ARMAS DE MUY GRUESO CALIBRE DE 9MM PARA ARRIVA, CUERNOS DE CHIVO Y DEMAS, YO CREO QUE AL SACAR LA PISTOLITA LOS DELINCUENTES HASTA SE BURLARIAN DE UNO Y CON MAS GANAS ACTUARIAN, ESTO ES DE DAR RISA,QUE LE OTORGUEN POR LO MENOS EL PERMISO PARA PORTAR UN CUERNO DE CHIVO DENTRO DE LA PARCELA, AHI SI ESTOY DE ACUERDO.
Invitado
2013-05-22 06:24:26
Invitado2013-05-21 10:30:04 es la misma ching.adera con el articulo 16 para los retenes.... asi es estoo....
Invitado
2014-03-21 20:48:09
quiero ver catalogo y precios